Comienza la campaña de la Renta 2020, fechas y principales claves de este año
El miércoles 7 de abril comenzó la campaña de la Renta 2020, que se extiende hasta el próximo 30 de junio y que este año tiene unas características especiales como consecuencia de la pandemia. Una de ellas afecta a las personas que han sufrido un ERTE durante 2020, que no tienen obligación de declarar si la cantidad percibida no supera los 22.000 €, pero sí tendrán que hacerlo cuando los ingresos percibidos superen los 14.000 si ha habido dos o más pagadores (la Seguridad Social se considera pagador). En concreto, según detalla la Agencia Tributaria:
- Si el importe percibido del segundo y restantes pagadores no supera los 1.500 euros, no existirá obligación de declarar por IRPF si la suma total de rendimientos del trabajo no supera los 22.000 euros.
- Si el importe percibido del segundo y restantes pagadores supera los 1.500 euros, no existirá obligación de declarar por IRPF si la suma total de rendimientos del trabajo percibidos en el ejercicio no supera los 14.000 euros.
La Agencia Tributaria dispone en su web de amplia información sobre la campaña de este año (+info), cómo obtener el borrador, ayuda para confeccionar la declaración y todas las novedades. Una importante este año para los trabajadores a los que se les haya aplicado un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) es la posibilidad de fraccionar el pago en 6 veces si la declaración sale a pagar. Los que se acojan a este fraccionamiento podrán así abonar a Hacienda su deuda en seis pagos mensuales, con vencimiento los días 20 de cada mes, siendo el primero el día 20 de julio de 2021.
Deducción por familia numerosa
Las familias numerosas cuentan desde hace varios años con una deducción fiscal específica de 1.200 euros por 3 hijos, 1.800 euros por 4 hijos, 2.400 euros por 5 hijos, etc. (600 euros más por hijo y año). Esta deducción es compatible con la situación de ERTE, gracias a las gestiones que en su día realizó la Federación Española de Familias Numerosas para que pudiera aplicarse, no sólo a trabajadores en activo, sino también a los que estuvieran percibiendo prestaciones sociales por desempleo o jubilación. +info.
Obligatorio para perceptores del IMV
Respecto al Ingreso Mínimo Vital percibido de la Seguridad Social, todos los perceptores tienen la obligación de presentar la Declaración de la Renta. Este Ingreso está exento de tributación, salvo en los casos en los que se perciban otras prestaciones sociales de las Comunidades Autónomas, como la renta mínima de inserción u otras para colectivos en riesgo de exclusión social, y se superen los 11.279,39 euros (1,5 veces el IPREM). En cualquier caso, esté exento o no, la Agencia Tributaria recuerda que es obligatorio presentar la Declaración de la Renta en la que aparecerán las cantidades percibidas, aunque no tributen y en las casillas correspondientes aparecerán con “cero euros”.
Fechas clave de la Renta 2020
El 4 de mayo se inicia el periodo de solicitud de cita previa para atención telefónica y el 6 de ese mismo mes, la Agencia Tributaria comenzará a llamar a los contribuyentes que hayan solicitado este servicio.
Para atención presencial se podrá pedir cita a partir del 27 de mayo. El día 2 de junio se atenderá a los citados que quieran confeccionar su declaración con ayuda de la Agencia Tributaria de forma presencial.
El 29 de junio es el último día para solicitar ayuda, bien telefónica bien presencial. La declaración se puede presentar hasta el 30 de junio, aunque si es con domiciliación bancaria el último día es el 25 de junio.
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Consorcio Regional de Transportes de Madrid – Instrucciones sobre la forma y procedimiento de solicitud de la bonificación de familia numerosa en los títulos de transporte.
Estimadas familias
Desde la Dirección General de Familia nos informan de la forma y procedimiento de solicitud de la bonificación de familia numerosa en los títulos de transporte.
Os adjuntamos la RESOLUCIÓN de 21 de enero de 2021, de la Dirección-Gerencia del Consorcio Regional de Transportes de Madrid, por la que se aprueban las instrucciones sobre las condiciones, forma y procedimientos de compensación y regularización relativos a los títulos de transporte.
En dicha Resolución en su art 4.5 se establece la Regularización de colectivos por tarifas bonificadas. En dicho artículo se regula la forma y procedimiento de solicitud de la bonificación de familia numerosa en los títulos de transporte y que os reproducimos en este mail para vuestro conocimiento:
4.5. Regularización de colectivos por tarifas bonificadas:
4.5.1. Descripción: Los efectos respecto de la condición de familia numerosa, se producen desde el momento de la presentación de la solicitud del reconocimiento, ante la autoridad competente de tal reconocimiento. Sin embargo, la bonificación de los títulos de transporte solo es posible aportando al CRTM la documentación justificativa en vigor. Por ello, una vez presentada dicha documentación justificativa procede regularizar los importes abonados desde la fecha de solicitud del reconocimiento de familia numerosa al momento de la justificación ante el CRTM.
4.5.2. Forma y procedimiento de regularización: En caso de primera solicitud, procede la regularización al usuario de la siguiente forma:
— Comprobación de la validez del título de familia numerosa presentado por el usuario.
— Comprobación de la fecha de solicitud y fecha de expedición.
— Devolución de importe, resultante de la diferencia entre la tarifa sin bonificar y la tarifa bonificada. Esta devolución conlleva un procedimiento de abono diferido en el tiempo que se realizará mediante transferencia bancaria. En la oficina de gestión del CRTM se abrirá el expediente para su posterior estudio y resolución del mismo.
En el caso de renovaciones del título de familia numerosa, el CRTM ampliará la bonificación durante cuatro meses desde la caducidad del título actual; tiempo que se considera suficiente para la tramitación de dicha renovación. Para ello el usuario se dirigirá a una oficina de gestión del CRTM, donde presentará la solicitud de renovación del título de familia numerosa.
En el caso de que la tramitación de la renovación exceda de los cuatro meses señalados, se realizará la compensación como se ha indicado para el caso de primera solicitud.
Si en el transcurso de los cuatro meses de ampliación, el usuario recibe el título renovado, deberá acudir a una oficina de gestión para notificar su nueva fecha de caducidad del título de familia numerosa.
4.5.3. Condiciones de aplicación: El usuario dispone de un mes, a partir de la fecha de resolución del reconocimiento o renovación del título oficial de familia numerosa, para acudir a una oficina de gestión del CRTM y realizar los trámites de regularización. Transcurrido dicho plazo se entiende que el usuario ha desistido del derecho de regularización. En todo caso el derecho de bonificación podrá ejercerlo en todo momento mientras mantenga su condición de beneficiario.
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Rechazada una proposición de ERC para que en casos de separación o divorcio los dos cónyuges conserven el título de familia numerosa
La Comisión de Derechos Sociales del Congreso ha rechazado una Proposición no de Ley presentada por ERC para proteger los derechos de todos los miembros de familia numerosa en caso de separación o divorcio. Actualmente, cuando en una familia numerosa se produce una ruptura matrimonial, sólo uno de los dos cónyuges permanece, junto a los hijos, en el título de familia numerosa y puede disfrutar de sus beneficios, mientras que el otro, padre o madre de familia numerosa, queda excluido y privado de la protección económica y social de las familias numerosa.
La iniciativa de ERC pretendía acabar con esta injusta situación, pidiendo que ambos cónyuges puedan conservar su condición de familia numerosa, aunque la pareja se haya disuelto. También pedía que los hijos puedan estar en dos títulos de familia numerosa en caso de familias reconstituidas tras un divorcio, y que se elimine el criterio de convivencia como el que debe primar en el caso de no acuerdo entre los padres sobre la “titularidad” del hijo.
La propuesta no ha salido adelante, ya que ha contado con sólo 13 votos a favor; 5 abstenciones y 17 votos en contra, entre ellos, de PSOE y de Unidas-Podemos, que han explicado que estas reformas se incluirán, con un desarrollo más amplio que dé respuesta a todas las situaciones familiares, dentro de la Ley de Diversidad Familiar que prepara el Gobierno.
Hijos que ya trabajan
La iniciativa de ERC incluía también un punto relativo a los hijos de familia numerosa de más de 21 años que permanecen en el hogar familiar y trabajan para contribuir económicamente a la familia. ERC pedía que se elimine el límite de ingresos por el cual la Ley establece que estos hijos son independientes económicamente y quedan excluidos del título. Esquerra considera que se deben mantener dentro del Título de Familia Numerosa hasta los 26 años, aunque aporten ingresos a la familia.
A la iniciativa de ERC, el PP añadió una enmienda, también relativa a los hijos, para que se mantengan en el Título hasta los 26 años, aunque ya no estén estudiando, una cuestión que también defiende la Federacion Española de Familias Numerosas (FEFN), considerando que cada vez es más difícil para los jóvenes, por cuestiones económicas y de empleo, poder independizarse y deben permanecer más tiempo en el hogar familiar.
Tanto la PNL de ERC como la enmienda incluida por el PP van en línea con los planteamientos de la FEFN, que lleva años demandando que se protejan los derechos de todos los miembros de las familias numerosas y se acometan una serie de reformas necesarias para dar respuesta a la realidad social actual.
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Guía para realizar trámites con la Seguridad Social telemáticamente sin certificado digital
Para ver la guía, pulsa en el siguiente enlace: https://revista.seg-social.es/
El teléfono oficial para solicitar cita previa es el : 901 106 570
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Retrasos en el pago por adelantado de la deducción fiscal por ser familia numerosa
Hemos sabido que esta semana Hacienda ha empezado a pagar, pero lo correspondiente al mes de enero de 2021.
También nos dicen mu has familias que este pago va también con recorte. Y eso que todas las familias que les paso porque no tenían puesto en el título el DNI de los hijos que ya han empezado a cumplir los 14 años.
Hemos preguntado por qué no se ha tenido en cuenta esta modificación de los datos y la Dirección de Familia nos ha dicho esto:
«Por favor decirles a las familias que os comunican estos errores, que contacten con nosotros directamente en el correo web: familiasnumerosas@madrid.
Así podemos tratar cada caso personalizado.
Estamos trabajando para depurar los errores detectados.
La Direccion de Familia de la Comunidad de Madrid.»
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Ley de Diversidad Familiar
«En casa somos 5, somos 6, somos 7, somos 8,… Si, somos muchos. Mucho gasto. Mucho trabajo. Muchas preocupaciones. Formar una familia numerosa no es sencillo. Nadie nos dijo que lo era. Pero es la mejor decisión que hemos tomado en nuestra vida».
Estas palabras pueden ser de cualquiera de nosotros, de cualquier familia numerosa.
Nuestra característica común es EL NÚMERO DE HIJOS. Tener 3 o más hijos. Ser 1 más que los padres. Garantizar el relevo generacional. Aportar un plus. Ese plus que hay muchos que no pueden o no quieren aportar.
Así, la Familia Numerosa será buena para ti, buena para nosotros, buena para todos.
A través de una queja al Defensor del Pueblo por el anuncio del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 de la preparación de un proyecto de ley sobre «Diversidad Familiar», en la que dice se tomará en cuenta la RENTA a la hora de otorgar los beneficios de ser familia numerosa, nos hemos enterado de cómo se va a tramitar dicha ley.
Aunque no como pensábamos. Porque NO es realmente un Proyecto de Ley presentado en el Congreso.
Están cocinando esta ley por la puerta de atrás.
En octubre de 2019 pidieron apoyo a un organismo de la Unión Europea para Reformas Estructurales en los países miembros. Éstos le dieron el OK en diciembre de 2019. Y para no abrir el debate en España, metieron como órgano externo para organizar el trabajo a la OCDE.
Así que en junio de 2020 hicieron el calendario siguiente: Se organiza un PLAN DE TRABAJO para elaborar la Ley de Diversidad Familiar de septiembre de 2020 a septiembre de 2021.
Así que casi todo está hecho. La UE financia este proyecto de Ley y también le ha dado apoyo técnico y jurídico.
Por este motivo hemos elaborado esta ENCUESTA, para saber cuál es vuestra opinión al respecto.
¡¡¡Es ahora cuando se puede influir!!!
La oposición no es a la Ley de Diversidad Familiar, sino a que revisen la Ley de Protección a las Familias Numerosas 40/2003 y nos saquen de la misma.
Ayudar y proteger a todos si, pero no a costa de las familias numerosas.
También la podéis compartir con otras familias numerosas, así como difundirlo en vuestro entorno familiar, de amigos, conocidos y de redes sociales (whatsapp, telegram, facebook, twiter e instagram)
ENCUESTA: https://forms.gle/nUpiMeW1x3awRQfS7
TRAMITACIÓN LEY DIVERSIDAD FAMILIAR: «C_TRATAMIENTO» (familiasnumerosasdemadrid.es)
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Hemos conseguido mantener abierta la petición al Parlamento Europeo sobre la vulneración de derechos fundamentales en la LOMLOE
Varias entidades como la plataforma MasPlurales, Concapa, la ACdP, la plataforma Educación Inclusiva si, Especial también y las familias numerosas de Madrid hemos defendido la petición de amparo a la UE.
La presidenta de la Comisión de Peticiones, Dolors Montserrat, solicitará informes, tanto a nivel europeo como nacional para investigar la vulneración de derechos fundamentales en la LOMLOE.
Ayer 23 de marzo varias entidades, entre ellas las familias numerosas madrileñas, comparecieron en el Parlamento Europeo en la Comisión de Peticiones para reclamar y pedir amparo por la vulneración de derechos fundamentales en la última reforma educativa llamada LOMLOE o Ley Celaá.
Para ver la nota de prensa completa, pulsa AQUÍ
Para ver el enlace de la comparecencia en Bruselas de ayer contra la Ley de Educación LOMLOE o Ley Celaá, pulsa AQUÍ
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Propuesta No de Ley (PNL) de ERC sobre algunas modificaciones en la Ley 40/2003 de protección a las familias numerosas sobre la posesión del Título cuando el matrimonio se separa.
El pasado martes 23 de marzo de 2021 se debatió en el Congreso de los Diputados una Propuesta No de Ley (PNL) de ERC (grupo parlamentario republicano) sobre algunas modificaciones en la Ley 40/2003 de protección a las familias numerosas sobre la posesión del Título cuando el matrimonio se separa.
Son 4 puntos en los que estamos plenamente de acuerdo, de hecho, el punto 4º es una petición que desde la asociación presentamos en el Congreso de los Diputados, instando desde la Asamblea de Madrid al gobierno nacional.
El debate quedó de esta manera:
Y el texto de la PNL es esta:
20210324113303-pnl-fam-
Os informaremos del resultado en breve.
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Familias numerosas con 2 hijos
El Congreso ha rechazado una iniciativa presentada por Ciudadanos para que las familias con 2 hijos fueran consideradas numerosas. Desde la FEFN hemos manifestado nuestra satisfacción a través de las redes sociales, donde hemos recordado que las familias numerosas son las que tienen un mayor número de hijos, muy por encima de la media, y por ello merecen una protección económica y social especial.
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Ayudas a alumnos universitarios y de enseñanzas artísticas con discapacidad y ayudas al transporte
La Comunidad de Madrid destinará 300.000 euros para becas de alumnos que acrediten una discapacidad de, al menos, el 33 por ciento, y cursen estudios universitarios o enseñanzas artísticas superiores en la región durante el curso 2020/2021. La cuantía de estas ayudas puede alcanzar los 1.500 euros por alumno en función del grado de discapacidad.
Podrán beneficiarse los alumnos matriculados en enseñanzas universitarias de títulos oficiales de Grado y de Máster; titulaciones de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico; complementos de formación para el acceso a Máster, Grado o títulos oficiales de licenciatura; y títulos oficiales de titulado superior o máster en enseñanzas artísticas. Las becas se concederán en función del grado de discapacidad e irán desde los 330 euros hasta los 1.500.
Ayudas transporte escolar
Asimismo, la Comunidad destinará 350.000 euros a las ayudas directas para transporte escolar que beneficiarán a cerca de un millar de familias de la región durante el presente curso 2020/2021. La cuantía de las becas, de entre 260 y 1.100 euros por alumno y curso, se establecerá dependiendo de la distancia entre el domicilio y el centro docente.
Pueden solicitar la beca los estudiantes que vayan a un colegio o instituto situado a más de 5 kilómetros su domicilio y que carezcan de ruta de transporte.
Las ayudas también incluirán a los escolares de segundo ciclo de Infantil (3-6 años) y a todos los alumnos escolarizados en centros de Educación Especial y a los de centros públicos y concertados con una grave discapacidad motora. Además, se facilitará el transporte a los alumnos del programa bilingüe que terminen la Educación Primaria y no dispongan de un instituto bilingüe en su municipio.
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