PROPUESTAS DE LAS FAMILIAS NUMEROSAS MADRILEÑAS DE CARA A LAS ELECCIONES AUTONÓMICAS Y MUNICIPALES DE MAYO 2015.
COMUNIDAD DE MADRID.
Valor de la Familia
No cabe duda de que si los efectos de esta crisis, larga y devastadora, no han sido peores ha sido por el papel de la familia que en España, al menos hasta ahora, sigue siendo relevante.
El papel de abuelos, padres, hijos y hermanos ha sido esencial. La familia es el tejido vertebrador de la sociedad y quien mejor ha dado cobertura en la crisis.
Los casos de exclusión se han producido mayoritariamente en entornos familiares deteriorados.
Por este motivo, el Estado no es, ni debe ser, el único que acapare los recursos y si estos escasean, detraerlos del tejido productivo y de las familias.
La familia, y en particular la numerosa, no sólo contribuye al consumo de bienes y servicios, sino que también lo hace de forma decisiva a la conformación de la sociedad futura. Los padres son los principales educadores y formadores de aquellos que sostendrán el sistema el día de mañana. Valores como esfuerzo, productividad, autonomía y solidaridad se viven día a día en el entorno familiar conformando transversalmente al individuo. Valores que aprecian las empresas y que determinan en gran medida el valor añadido del capital humano y por tanto de la economía.
Los políticos de hoy tienen una gran responsabilidad, su labor no es gestionar sólo el día a día, deben velar por el mundo que se encontrarán nuestros hijos y nietos el día de mañana.
Por este motivo la Familia- en especial la numerosa – debe ser una prioridad en las políticas de Estado, y éstas deben tener horizontes amplios y ser ajenas a vaivenes de cambio de Gobierno o debates ideológicos.
PROPUESTAS
1. Actualizar con estas medidas la Ley 40/2003 de Protección a las Familias Numerosas.
2. Crear una Consejería de Familia en la Comunidad de Madrid y Concejalías en los Ayuntamientos madrileños.
3. CONDICIÓN DE FAMILIA NUMEROSA:
a. Ser Familia Numerosa hasta que el último de los hijos cumpla los 21 años o los 26 si sigue estudiando.
b. Que las familias con 4 hijos y padre/madre discapacitado puedan pasar de la categoría general a la categoría especial. Si se les permite ser familia numerosa con solo 2 hijos, ¿por qué no para pasar de categoría? Ley 40/2003 art. 2, 2, a y b.
4. VIVIENDA:
a. Incentivos económicos y fiscales a los arrendatarios que alquilen vivienda a familias numerosas.
b. Bonificación lineal del 90% en el IBI a las familias numerosas.
c. Incluir al colectivo de las familias numerosas como una causa que no haga necesario habitar la vivienda habitual durante tres años para que esta tenga derecho a la deducción por vivienda y a la exención por reinversión en vivienda habitual.
5. IMPUESTOS E IRPF:
a. Exención en las tasas para la obtención o renovación del DNI y pasaporte para familias numerosas.
b. Para no penalizar a las familias numerosas donde solo haya un ingreso del padre o madre, proponemos el Splitting de rentas para corregir la injusticia frente a las familias donde hay dos ingresos del padre y la madre y así no penalizar la opción de que uno de los dos se dedique al cuidado del hogar y de los hijos. El splitting, tratamiento conjunto de renta familiar repartido entre los dos cónyuges, permitiría compensar también, la reducción de salario que por reducción de jornada laboral, puede sufrir uno de los cónyuges al dedicarse al cuidado de los hijos o de sus ascendientes mayores. Esta medida vendría a corregir una situación de injusticia que se viene sufriendo durante años y que penaliza la dedicación a la familia por parte de uno de los cónyuges. El Tribunal Económico Administrativo Central en reciente Doctrina ha venido a poner en valor el trabajo del cónyuge que se dedica de la familia, permitiendo al otro cónyuge la obtención de mayores ingresos. Quizás esta puede ser otra solución que se valorara económicamente la dedicación a la familia. Que el que obtiene una renta mayor reste de su base imponible la cantidad que debe satisfacer al otro, declarando este por esa cantidad.
c. Eliminar tramos y limitaciones en la renta a la hora de becar o ayudar a las familias numerosas, bien a través de ayudas sociales o bien a través de desgravaciones fiscales. Criterio progresivo del nº de hijos. Aplicar la Renta per cápita familiar sin limitaciones.
d. Deducciones sobre cuota autonómica en eI IRPF por alquiler viviendas para familias numerosas. La elevación de la tributación de la titularidad inmuebles en el IRPF como rendimiento de capital mobiliario, perjudica seriamente a la familia numerosa, y es discutible su aplicación dado que es un bien esencial. La vivienda habitual debe quedar fuera de la tributación en el IRPF como ha puesto de manifiesto en un voto particular el profesor Pedro Herrera Molina. (en el estudio sobre la reforma fiscal de 2014).
e. En el caso de familia numerosa se debería mantener en el tipo super reducido del IVA (4%) los elementos de primera necesidad y en los bienes infantiles. Incluso no pagarlo. Exención en el pago del IVA.
6. TRANSPORTE:
a. Exención del pago tarjeta para familias numerosas residentes para aparcar en zonas de la ORA.
b. Tarjeta para familias numerosas (como la de los discapacitados) para el aparcamiento ORA en determinados sitios (cerca de colegios, centros de salud, edificios públicos,…) y a determinadas horas y días (días laborables, en horas cercanas a la entrada y salida de los colegios,…)
c. Aplicar los descuentos para familias numerosas en la EMT y en el Metro cuando no se tiene el abono transporte. (billetes sencillos, de ida y vuelta y bonos de 10 viajes combinados , EMT+Metro).
7. EDUCACIÓN:
a. Bonificaciones en los gastos escolares (matrícula, escolaridad, uniformes, libros de texto, material escolar, comedor y transporte) para familias numerosas en colegios públicos, concertados y privados.
b. Cheque guardería y Cheque escolar.
c. Préstamo a familias numerosas de categoría especial de todos los libros de texto y material escolar mediante el sistema de préstamo de la CA de Madrid.
d. Exención de los gastos de escolaridad a las familias numerosas con hijos matriculados en Grado Medio y Grado Superior en centros concertados de la CA de Madrid.
e. Permiso de 2 horas trimestrales por hijo para acudir a los centros escolares para tutorías o sesiones informativas.
8. DEPENDENCIA:
a. Apoyo económico, fiscal y asistencial a familias numerosas cuando tengan a su cargo a descendientes y/o ascendientes dependientes o discapacitados.
b. Que las familias numerosas con discapacitados a su cargo (descendientes y/o ascendientes y/o padres) tengan prioridad en la Ley de Dependencia.
9. EMPRESARIAL:
a. Incentivos económicos y fiscales a empresas para favorecer la contratación de personas de familias numerosas.
b. Apoyar el sello FAMILIARMENTE RESPONSABLE (FR) de la Fundación Más Familia y el de FR+ para empresas que sean familiarmente responsables con trabajadores, empleados, directivos,… de familias numerosas, en las contrataciones. Si la empresa decide dar una serie de beneficios sociales a los trabajadores, de alguna manera se está trasladando un menor coste al Estado y al trabajador. Por ello no puede esto suponerle un mayor coste de impuestos o de cotizaciones, más bien al contrario. Incluir lo anterior en la medida de incentivar los premios Madrid Empresa Flexible y Empresa Social y familiarmente responsable.
- Publicado en Noticias
THE EUROPEAN LARGE FAMILIES CONFEDERATION (ELFAC)
The European Large Families Confederation (ELFAC) was formally constituted in 2004, gathering Large Families Associations across Europe. This Confederation represents more than 50 millions of European citizens who belong to the nearly 9 million large families.
The idea of ELFAC was launched in the I European Large Families Conference that took place in Madrid (Spain) on 2 November 2002, and the decisive part of its Statutes were agreed upon at a meeting held in Brussels (Belgium) on 25 October 2003.
The foundation meeting of ELFAC was held on the occasion of the II European Large Families Conference in Lisbon (Portugal) in 2004. The III Conference took place in Gyor (Hungary) on 2006; the IV in Barcelona (Spain) in 2008; the V in Rimini (Italy) in 2010 and the VI in Tartu (Estonia) in 2012.
- Publicado en Noticias
CÓMO RESOLVER LAS INCIDENCIAS EN LA SOLICITUD DE LA DEDUCCIÓN FISCAL POR FAMILIA NUMEROSA
En las más de 120.000 peticiones del abono anticipado de las deducciones fiscales que la Agencia Tributaria ha recibido, se han advertido una serie de errores o incidencias en las solicitudes que pueden retrasar o impedir su tramitación. Por ello, desde la AEAT nos trasladan tanto la forma de detectar cuáles son estas incidencias como el medio para solucionarlas.
¿CÓMO CONOCER LOS ERRORES?
Los errores de las solicitudes que pueden impedir su tramitación y pago anticipado se pueden conocer accediendo al portal de Deducción de familias numerosas y personas con discapacidad, en el icono Tramitación modelo 143 y el trámite Consulta de detalle y tramitación.
También puede entrar en las solicitudes desde el apartado MIS EXPEDIENTES de la Sede electrónica de la AEAT.
BAJA DE LA SOLICITUD
En caso de que el problema no se pueda solucionar, se deberá dar de baja la solicitud y deberá presentarse una nueva solicitud.
La forma de darla de baja es accediendo al portal de Deducción de familias numerosas y personas con discapacidad, en el icono Tramitación modelo 143 y entrar en el trámite Consulta de detalle y tramitación, se seleccionará la solicitud que tienen incidencias y en el apartado de Servicios disponibles existe la opción de Baja de solicitud.
ERROR POR FALTA DE ADHESIÓN DEL RESTO DE BENEFICIARIOS
Se trata de solicitudes presentadas por el primer solicitante en la modalidad colectiva, pero que no se han adherido el resto de beneficiarios.
La forma de adherirse es accediendo, con el certificado o PIN de los beneficiarios que deben adherirse al portal de Deducción de familias numerosas y personas con discapacidad, en el icono Tramitación modelo 143 y entrar en el trámite Adhesión a solicitud colectiva (resto de solicitantes), se seleccionará la solicitud a la que le falta la adhesión y en la identificación del beneficiario que falta la adhesión aparece la opción de Adherirse que se debe clikar.
ERROR POR POR HABER INCLUIDO EN UNA SOLICITUD DE FAMILIA NUMEROSA A TODOS LOS HIJOS COMO BENEFICIARIOS
Se trata de solicitudes de familia numerosa en que se ha incluido como beneficiarios a los 2 ascendientes y a los hijos. Se debe tener en cuenta que en esta solicitudes sólo son beneficiarios los ascendientes. Los hijos no serán beneficiarios, salvo que se trate de familias numerosa compuesta por los hijos huérfanos de padre y madre.
Todas estas solicitudes erróneas deberán darse de baja por el solicitante, tal como se describe en el apartado BAJA DE SOLICITUD, y presentar una nueva solicitud correcta sin incluir a los hijos como beneficiarios.
Más información en el enlace.
- Publicado en Noticias
APRENDER INGLES EN IRLANDA , TODA LA FAMILIA, MUCHO MAS ECONOMICO
Un asociado nos ha escrito para contarnos como viajo a Irlanda , con toda la familia , a aprender Ingles de una manera mucho más económica y aquí os dejamos su carta para todas las familias que quieran apuntarse a esta experiencia.
Experiencia en Irlanda.
Este verano, hemos enviado a nuestra hija mayor (Raquel ) a Irlanda para aprender inglés y el resultado ha sido satisfactorio, excelente como experiencia personal (un mes sola sin los papás diciéndole lo que tiene que hacer) y con algo más de soltura con el idioma inglés.
Como destino elegimos un pequeño pueblo del centro de Irlanda con dos objetivos: Obtener un mejor precio y evitar que la elevada presencia de españoles dificultase la práctica del idioma.
Sin embargo, lo que puede resultar interesante para otras familias numerosas de la organización es la experiencia vivida por nosotros, el resto de la familia.
A la hora de elegir vacaciones este año pensamos en Irlanda como destino con lo que podíamos ganar en varios aspectos (conocer Irlanda, refrescar el inglés en el caso de mamá y papá y aprovechando el impulso que pudiera tener el hecho de que Raquel esté haciendo lo mismo conseguir que los hermanos (Marta, Juan y María) dediquen un par de semanas a estudiar el idioma).
La estancia ha sido de dos semanas y a pesar de que inicialmente, la localidad elegida había sido otra, por dificultades a la hora de encontrar alojamiento, gracias al apoyo e información obtenida de la academia con la que viajaba nuestra hija, finalmente el destino fue Longford, un pequeño pueblo del centro de Irlanda donde, salvo los alumnos allí desplazados no se puede encontrar ningún español más.
Lo que puede resultar interesante para otras familias numerosas como la nuestra consiste en el hecho de que por un importe ligeramente más elevado del coste de enviar a un niño un mes a Irlanda, se puede conseguir una formación similar (salvo en lo que respecta a la convivencia con familias irlandesas) para niños de entre 6 y 50 años durante dos semanas.
En nuestro caso, los costes se desglosan en:
Vuelos. (comprados con bastante antelación)
Alquiler de vehículo. (contratado por internet)
Alojamiento. (contratado por internet con el asesoramiento de la academia que conoce la localidad)
Comida (el precio es similar al de España)
Formación de los niños. (compartiendo clase con el resto de alumnos y con el mismo horario)
Formación de los padres. (profesor particular aprovechando que los pequeños están en clase)
Los beneficios que esperábamos obtener:
*Conocer Irlanda, no como turista de una gran ciudad ajeno a la vida cotidiana de esta, sino con contacto directo e información de primera mano sobre los usos y costumbres de la gente.
*Mejorar el nivel de inglés de los pequeños.
*Conocer el ambiente en el que se desarrolla la vida de los estudiantes desplazados con estas academias.
Los resultados obtenidos:
*Hemos podido ver paisajes, visitar monumentos y conocer ciudades del tercio central de Irlanda (dos semanas no dan para más).
*Nuestros hijos han vuelto muy contentos y ya vemos cierta mejora en la pequeña (María de 10 años)
*La mayor también ha vuelto muy contenta y quiere repetir.
*Los papas han tenido la ocasión de hablar con gente del lugar, probar la guinness (muy buena) y mejorar en el uso del inglés.
En nuestro caso, según lo que hemos observado en los grupos de estudiantes desplazados a Irlanda, seguimos prefiriendo como destino un pequeño pueblo en lugar de una gran ciudad.
En resumen:
Merece la pena el esfuerzo de organizar personalmente un viaje de estas características (siempre que se disponga de tiempo), pero parece recomendable contar con el apoyo e información de alguien que conozca la zona (una academia en nuestro caso). El coste económico es notablemente inferior.
Para la formación (en caso de que sea de interés), resulta imprescindible contar con una infraestructura de profesores nativos y preferiblemente compartir los costes con cursos que se impartan durante la estancia. En el caso de la formación particular, en nuestro caso ha sido la academia la que nos ha puesto en contacto con una profesora del lugar, con unos resultados excelentes.
En cuanto a la visita turística, para familias interesadas en verlo todo, solo destacar que dos semanas no bastan para conocer Irlanda.
La información turística y sobre alquileres no está muy difundida en las pequeñas localidades alejadas de Dublin, Galway ,Cork u otros de las localidades más utilizadas para temas de formación (lo cual abarata considerablemente los precios), por lo que en este caso, también viene bien el asesoramiento de gente que viva allí o frecuente el lugar.
Ofrecemos nuestro apoyo, completamente desinteresado a las familias que quieran pasar unos días en Irlanda, consejos, lugares que visitar y como solucionar algunos errores cometidos en nuestra visita.
Por otra parte, también hemos sugerido a la responsable de la academia que amplíe la oferta actual (convivencia de niños con familias irlandesas) a familias numerosas como nosotros, lo que reduce considerablemente el coste de la estancia y permite que en el caso de niños pequeños no se sienten tan “desprotegidos” al seguir estando con su familia y no con una familia extraña.
Saludos.
Para una información más precisa podéis contactar con :
Juan Antonio Alonso
Email: jalonso.n@gmail.com
El desglose de costes (estos son de hace tiempo, seguro que han cambiado)
Nota: Los billetes de avión, cuanto antes mejor (enero,…), los alquileres, sin embargo no se pueden hacer hasta más tarde . En cuanto al alquiler del coche (hay que perder el miedo a conducir por la izquierda, solo es difícil el primer día), solo, tener en cuenta que los seguros que ofrecen por internet, es posible que no cubran todo y no merezcan la pena, en algunos casos puede ser mejor contratarlo directamente con la agencia). Sin embargo si resultan más baratos si se contratan con anterioridad.
Los gastos de hace tres años:
(estos gastos incluyen solo los de dos padres + 3 hermanos de 10, 11 y 12 años durante dos semanas
La hermana mayor viajaba de forma independiente con una academia que organizaba el viaje completo)
Viaje IBERIA – 695,55 €
Alojamiento – 550,00 €
Coche (a parte combustible)- 665,43 €
Clases inglés (900€ = 3 niños 3 h/día/10 días + 500€ = 2 adultos 2h/día/8días) -1.400,00 €
Gastos varios – 1.646,67 €
- Publicado en Noticias
AVISO AGENCIA TRIBUTARIA
Se han detectado servicios de pago a través de números que ofrecen acceso al teléfono que la Agencia Tributaria pone a disposición de todos los contribuyentes para concertar cita previa para ser atendidos en sus oficinas.
La Agencia Tributaria recuerda, ante estos intentos de confundir a los usuarios, que el teléfono del servicio de cita previa es el 901 200 351, y que el usuario solo asumirá el coste compartido de la llamada a un número 901. También podrá concertar cita previa, de forma gratuita, a través de Internet.
- Publicado en Noticias
MAS ACLARACIONES SOBRE LAS DESGRAVACIONES FISCALES
Seguimoos informando sobre aclaraciónes de dudas sobre la forma de tranitar la solicitud del pago anticipado de la desgravación fiscal por ser familia numerosa y por discapacidad de descendientes y/o ascendientes.
• Son dos solicitudes distintas e independientes una de otra: ser familia numerosa – descendientes y/o ascendientes discapacitados.
• FN General: se desgrava un máximo de 1.200€ según cotización del beneficiario (padre o madre que trabajen) o según cotización de los beneficiarios (padre y madre que trabajen).
• FN Especial: se desgrava un máximo de 2.400€ según cotización… (igual que lo anterior)
• Discapacidad: se desgrava un máximo de 1.200€ por cada descendiente y/o ascendiente discapacitado (más de un 33%) según cotización… (igual que lo anterior).
• Los discapacitados no podrán tener unos ingresos superiores a 8.000€
• Los parados y pensionistas NO podrán ser beneficiarios de la desgravación porque NO cotizan a la Seguridad Social.
• SOLICITUD INDIVIDUAL: Se hace cuando solo hay un ascendiente (padre o madre) que forme parte de la familia numerosa. Cuando se rellene la solicitud hya que tener cuidado en la casilla donde pone Nº de ascendientes que forman parte de la familia numerosa ya que hay que marcar 1.
• Es el caso de familias monoparentales, viudos o separados donde él o ella no están en el Título de FN. Suponemos uq een estos casos se recibirá el 100% de la desgravación que le coreesponda al padre o madre con derecho a la desgravación según su cotización.
• También se puede hacer Individual cuando estén los dos, padre y madre en la FN, pero entonces en la casilla del Nº de ascendientes hay que marcar 2.
• Si se hace Individual y de los dos (padre y madre) y solo uno trabaja, SOLO recibirá la MITAD de la desgravación que le corresponde según su cotización.
• Así que si en una FN solo trabaja uno (por estar el otro en el paro o en casa cuidadndo el hogar e hijos) lo mejor es hacerla COLECTIVA, xq sino en el pago anticipado solo te desgravarán la mitad. Aunque luego en la declaración de la renta de 2016 se corregirá el defecto.
• SOLICITUD COLECTIVA: Es la más avconsejable. Cuando trabajan los dos, padre y madre, uno de ellos se pone como primer solicitante y el otro CEDE su derecho a solicitar la desgravación y , siempre según la cotización, recibirán la desgravación de un máximo de 1.200€ por ser FN General, o 2.400€ por ser FN Especial.
• Cuando solo trabaje uno de los dos, el padre o la madre, aunque los dos tienen el derecho de la desgravación, solo es beneficiario el que trabaja. Por lo tanto, en la solicitud Colectiva, el que trabaje se pone como primer solicitante y el otro le CEDE el derecho. Así tb les coreesponderá, según su cotización, la desgravación que les coreesponda, 1.200€ si son FN General o 2.400€ si son FN Especial.
• Ya se pueden ANULAR solicitudes con errores o por querer cambiar la forma de solicitar la desgravación,hay que usar el Certificado Digital o Clave Pin.
Se entra por: consulta de la solicitud y pinchas en la solicitud a dar de baja, luego en servicios disponibles: dar de baja solicitud (abajo), luego se hace una presentación nueva.
Preguntas frecuentes en el enlace:
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/_Configuracion_/_top_/Ayuda/Modelos__Procedimientos_y_Servicios/Ayuda_Modelo_143/Informacion_general/Preguntas_frecuentes/Preguntas_frecuentes.shtml
- Publicado en Noticias
RECOGIDA DE FIRMAS PARA APLICAR DESCUENTOS FFNN EN METRO Y EMT
Desde la AFNM han creado una recogida de firmas para PROPONER que los tickets descuento para Familias Numerosas en autobuses interurbanos sirvan también para el Metro de Madrid y los autobuses urbanos de la EMT.
Este es el enlace para firmar,
http://www.hazteoir.org/alerta/63838-srconsejero-proponemos-que-tickets-descuento-ffnn-buses-interurbanos-sirvan-tambien
Es aplicar la Ley 40/2003 de Protección a las Familias Numerosas. Si eres FN y quieres ir en Metro o en la EMT sin que te discriminen,¡¡FIRMA ESTA PETICIÓN!!
¡¡Tu lo puedes conseguir!! ¡¡Entre todos lo podemos conseguir!!
- Publicado en Noticias
MÁS ACLARACIONES SOBRE LAS DESGRAVACIONES FISCALES
Recordamos las dos maneras de solicitar el pago anticipado de la desgravación fiscal por ser familia numerosa y por tener descendientes o ascendientes discapacitados.
• INDIVIDUAL: La pueden solicitar así las familias donde solo trabaje o cotice a la SS el padre o la madre, solo uno de los dos, o porque la familia sea monoparental (separado, viudo,…). También puede venir bien para las familias que lo quieran solicitar por separado, por la razon que sea, pero si es el caso de familias donde trabajan los dos, padre y madre, les darán a cada uno la mitad de lo que les corresponda.
• COLECTIVA: La pueden solicitar las familias donde trabajen los dos, que coticen los dos, que los dos-padre y madre- sean los beneficiarios. Se pone como primer solicitante a uno de ellos, mejor el que cotice lo máximo.
Hay que tener en cuenta una cosa importante. Esta desgravación fiscal corresponde según la cotización del beneficiario de la familia numerosa. Es decir, que si NO se cotiza lo máximo, no te desgravan lo máximo, que es 1.200€ o 2.400€ si eres familia numerosa especial.
Si ahora una familia solicita el pago anticipado y dentro de unos meses se queda en paro o cotiza menos, aunque te sigan ingresando la misma cantidad, te la descontarán en la siguiente declaración de la renta.
Si hay familias con descendientes o ascendientes discapacitados, la solicitud de la desgravación por discapacidad es otra que la solicitud por la desgravación por ser familia numerosa. Y en este caso de la discapacidad no se tiene en cuenta lo que se cotiza, es siempre 1.200€ por cada discapacitado.
Si se produce algún error, el filtro del sistema lo detecta y llegará una carta al domicilio para subsanar el error.
Por ahora solo se puede cambiar la solicitud de individual a colectiva de enero en enero. Por ejemplo, si solo trabaja el padre y la presenta individual y en julio la madre consigue trabajo, habría que esperar al enero siguiente para cambiar la solicitud de individual a colectiva.
Podéis seguir escribiendo a prensafamiliannumerosa@gmail.com para cualquier duda o aclaración. Lo consultamos a la Agencia Tributaria.
- Publicado en Noticias
FITUR – FERIA INTERNACIONAL DE TURISMO
La Federación Española de Familias Numerosas estará presente en la próxima edición de Fitur (28 de enero al 1 de febrero) a través del Sello de Turismo Familiar
- Publicado en Noticias
INFORMACIÓN SOBRE LA DESGRAVACIÓN FISCAL PARA FFNN
Estimados socios,
Nos dicen desde la Agencia Tributaria que la mejor manera, la más rápida y eficaz, para ambas partes es la telemática. Con el PIN de acceso.
Se evitan los desplazamientos y las llamadas por teléfono (líneas colapsadas y que cuestan dinero por la llamada).
Estos tres enlaces son toda la información necesaria para utilizar el sistema Cl@vePIN y como solicitar el PIN de acceso.
Sistema Cl@avePIN
http://www.pyme10.com/html/8495_ASOCIACIoN_FAMILIAS_NUMEROSAS_DE_MADRID/files/36084_Folleto%20Cl@vePIN.pdf
¿Cómo funciona el sistema Cl@avePIN?
http://www.pyme10.com/html/8495_ASOCIACIoN_FAMILIAS_NUMEROSAS_DE_MADRID/files/36085_como%20funciona%20clavePIN.pdf
Utilización sistema Cl@vePIN
http://www.pyme10.com/html/8495_ASOCIACIoN_FAMILIAS_NUMEROSAS_DE_MADRID/files/36083_Utilizaci%C3%B3n%20sistema%20Cl@vePIN.pdf
A continuación os pasamos toda la información que tenemos sobre las desgravaciones.
• La petición del pago anticipado de la desgravación fiscalpor ser familia numerosa (general o especial) y por tener ascendientes o descendientes con discapacidad (siempre superior al 33%) se puede hacer de dos maneras:
1) INDIVIDUAL: Si los dos padres (padre/madre) trabajan (cotizan a la Seguridad Social o alguna Mutualidad), pueden solicitar el pago anticipado de la desgravación fiscal que les corresponda por separado. Les corresponderá a cada uno según lo que coticen. 1.200€ si es FN general o 2.400€ si es FN especial COMO MÁXIMO. Es decir, que si NO cotizas lo máximo, NO te desgravarán los 1.200€ o los 2.400€.
* A estas cantidades por ser FN, se puede añadir (si es el caso) por cada ascendiente o descendiente discapacitado, la cantidad de 1.200€.
*NO cuentan los padres discapacitados.
*La solicitud individual es la que deben presentar las familias numerosas donde solo cotice o trabaje uno de los dos, padre o madre. Bien porque uno de los dos está en paro o bien porque se dedica a cuidar de los hijos y del hogar. Y donde NO haya ningún descendiente o ascendiente discapacitado.
*Las familias donde trabajen los dos pueden presentar la solicitud en las dos modalidades: Individual o Colectiva.
2) COLECTIVA: Se puede presentar la solicitud del pago anticipado cuando hay varios miembros de la familia numerosa que son beneficiarios de la desgravación , bien porque cotizan (trabajan) o porque algún descendiente o ascendiente sea discapacitado (de más del 33%).
* Para ello, debe constar como PRIMER SOLICITANTE uno de los beneficiarios y el resto debe añadirse obligatoriamente, sino NO constarán como beneficiarios.
*Por ejemplo, una familia numerosa donde trabajan los dos, padre y madre. La solicita uno de ellos y el otro se añade a la solicitud.
*Otro caso, que sea una familia numerosa, que trabajen los dos, pero que estén separados. Si los dos, padre y madre, constan como miembros de la misma familia numerosa, y quieren hacer la solicitud de forma colectiva, uno de ellos debe ser el PRIMER SOLICITANTE y el otro se añade.
*Otro caso en el que en la familia numerosa haya descendientes o ascendientes discapacitados. También se tienen que añadir como beneficiarios, además del padre y/o la madre (si cotizan los dos, sino solo el que cotice, padre o madre). Tendrán la desgravación de 1.200€ por cada uno de los miembros de la FN que sean discapacitados. Si hay uno pues uno, pero si hay cuatro pues los cuatro. O sea, 1.200€ por cuatro.
*Cuando se dé el caso de la discapacidad, NO se limita la desgravación, es en todos los casos de 1.200€
*Los padres o padre o madre que coticen, o sea que trabajen, son los que tienen derecho a la desgravación fiscal. Es decir, que si no trabajas, porque cuidas del hogar y de los hijos o porque estas en paro, NO serás beneficiario.
*Si en la familia numerosa no se cotiza, están parados, no trabajan, NO podrán acceder a la desgravación fiscal por discapacidad de descendientes o ascendientes ni por ser familia numerosa.
*Hay un apartado en la web www.agenciatributaria.es que se llama PREGUNTAS FRECUENTES, os puede ayudar.
*Cuando se habla de “hermanos huérfanos” es cuando en la familia numerosa faltan los padres y es uno de los hermanos el que tiene que ponerse como beneficiario. Aunque este punto todavía es algo confuso, no creo que haya muchos casos, así que la familia numerosa que tenga esa condición donde falten los padre que se pongan en contacto con nosotros en este correo prensafamiliannumeroosa@gmail.com
*Si presentáis la solicitud del pago anticipado de la desgravación fiscal vía telemática y cometéis algún error, la Agencia Tributaria os enviará una carta a vuestro domicilio donde os dirá que es lo que hay que subsanar y el plazo que tenéis para ello.
*Si presentáis la solicitud por vía telemática y después cambian vuestras circunstancias de familia numerosa o discapacidad, se puede añadir documentación al proceso de solicitud. Por ello es más aconsejable pedir el pago anticipado por vía telemática con el PIN de acceso.
*Si queréis solicitar el pago anticipado de la desgravación fiscal presencialmente con el Modelo 143, debéis esperar al 3 de febrero, y es en esa fecha cuando se podrá descargar el documento y se podrá solicitar la CITA PREVIA para que os den fecha para la presentación de la solicitud presencialmente.
*Si hay familias numerosas que NO quieran solicitar el PAGO ANTICIPADO, NO hay que hacer entonces ningún trámite para poder ser beneficiario de la desgravación fiscal por ser familia numerosa y/o por tener ascendientes o descendientes discapacitados.
*Sencillamente hay que esperar a 2016 para hacer la declaración de la renta de 2015 y cuando te salga a pagar (se reducirá la cantidad por la desgravación) o se añadirá a la cantidad que te tengan que devolver lo que te desgraven.
PARA MÄS INFO escribir a prensafamiliannumerosa@gmail.com
- Publicado en Noticias