Ganadores del X CONCURSO DE CHRISTMAS Federación Madrileña de Familias Numerosas
Los ganadores del X CONCURSO DE CHRISTMAS de la Federación Madrileña de Familias Numerosas organizado con la colaboración de Lexus son:
- Miguel Arjona Ibáñez- de 5 años-AfanMadrid
- Mafalda Toledano- de 9 años- AfanPozuelo
- Marcos Sepúlveda Simón- de 11 años- AfanArroyomolinos
Queremos felicitar a todos los participantes por la gran calidad de los trabajos recibidos y os aseguramos que la elección ha sido francamente difícil para nuestro jurado.
Además de ver sus dibujos convertidos en imagen de la Felicitación Navideña de la Federación Madrileña de Familias Numerosas, los ganadores recibirán como premio a su trabajo un Cheque regalo del Corte Ingles por valor de 200€
Muchas gracias a todos por participar!!!
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Cambio en la jurisprudencia del Tribunal Supremo para poder recuperar lo abonado del impuesto de la plusvalía municipal
Cambio en la jurisprudencia del Tribunal Supremo para poder recuperar lo abonado del impuesto de la plusvalía municipal para aquellos casos en los que hubo una pérdida patrimonial y el ayuntamiento emitió una liquidación que se convirtió en un acto administrativo firme.
El abogado Carlos Rivero, del despacho jurídico Afeplus, con el que FEDMA tiene un acuerdo de colaboración, ha destacado que la relevancia de esta sentencia reside en que se reconoce el derecho a la devolución del impuesto en casos de venta a pérdidas de un inmueble con liquidación firme.
Esto significa que, incluso en aquellos casos en los que el Ayuntamiento haya emitido una liquidación del impuesto y el contribuyente no recurrió dentro del plazo de un mes o recibió una resolución desestimatoria, se abre la posibilidad de obtener la devolución del impuesto.
Durante años el abogado ha venido planteando la nulidad de pleno derecho de la liquidación firme como único procedimiento para recuperar lo pagado indebidamente ante muchos Ayuntamientos.
Tras la sentencia del Tribunal Supremo de febrero de 2024, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 9 de Madrid ha reconocido este derecho, siguiendo el criterio establecido por el Tribunal Supremo.
La Sentencia en sus fundamentos de derecho, señala lo siguiente:
«El mandato del artículo 161.1º a) en relación al artículo 164.1, ambos de la CE, no requiere, ya lo hemos dicho, de desarrollo normativo alguno, y, desde luego, no admite que ninguna ley limite los efectos de la inconstitucionalidad queridos por la Constitución, y desde luego los artículos 39.1 y 40.1 LOTC no lo hacen. Por tanto, no cabe sostener una interpretación jurisprudencial que condujera al resultado de limitar aquello que la Constitución impone, y por ello, cuando el Tribunal Constitucional declara la inconstitucionalidad de una ley y al mismo tiempo no determina nada sobre los efectos temporales de esa declaración, la regla aplicable es la retroactividad, la remoción de efectos, y ese efecto se reconduce a la categoría de nulidad.»
El abogado Carlos Rivero, entiende que la extensión de efectos la sentencia del Tribunal Supremo puede incluso permitir que resoluciones administrativas firmes de cualquier Ayuntamiento de España, siempre y cuando procedan de una venta a pérdidas, que no fueron recurridas en el Juzgado pero que están basadas en unos fundamentos de derechos que posteriormente se reconocieron inconstitucionales, puedan ser revocadas o nulas de pleno derecho.
Por ejemplo, el Ayuntamiento de Majadahonda, es uno de los Ayuntamientos que tiene aprobado el sistema de gestión del impuesto mediante liquidación, es decir, el contribuyente solo tenía de plazo un mes para presentar un recurso de reposición, en caso contrario la liquidación se convertía en firme y ya era muy difícil conseguir revertir la situación, pero para los casos de venta a pérdidas de un inmueble, aunque haya pasado el mes o incluso si recurrió y tuvo resolución desestimatoria, será posible recuperar lo pagado, junto con los intereses de demora.
Por tanto, en ese municipio probablemente hay muchos contribuyentes afectados que pueden recuperar lo abonado por el impuesto de la plusvalía municipal.
Por ello, para resolver cualquier duda, presta asesoramiento sin coste alguno a todas aquellas personas que lo necesiten.
Contacto: Carlos Rivero
Abogado.
AFEPLUS. Despacho Jurídico.
Web: www.afeplus.es
Tlf. 686 288 805
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Escuela de Padres
🗓️Martes 17 de diciembre
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🤑Gratuito para socios
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Becas comedor
Todavía no hay respuesta a la nueva presentación de solicitudes de las becas de comedor.
El plazo terminó el 28 de noviembre de 2024.
Seguimos pendientes de que en estos días pueda salir algo.
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Tasa de basura – Ayuntamiento de Madrid
El Ayuntamiento aprueba una nueva bajada del tipo del IBI y la nueva tasa de residuos para 2025 que se reducirá hasta un 90% para las familias numerosas en su vivienda habitual.
El Ayuntamiento de Madrid ha incluido en la nueva tasa una reducción en la cuota a las familias numerosas similar a la que existe en el IBI, que tendrá en cuenta el valor catastral de la vivienda y la categoría del título de familia numerosa. La reducción se aplicará de oficio en aquellos casos en los que el contribuyente sea el propietario de la vivienda. En el caso de que la familia numerosa sea la inquilina de la vivienda, deberá solicitarse antes del 1 de marzo del año en el que se pretende que produzca efectos y se mantendrá en vigor hasta que se pierda la condición de familia numerosa o se modifiquen las circunstancias que justificaron su otorgamiento.
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FREESTYLE WORLD TOUR – 15 de febrero de 2025-20% de descuento para socios
Sábado 15 de febrero de 2025 – descuento al 20% hasta fin de existencias
Un día de emoción a todo gas! Disfrutando de los mejores Riders internacionales en un espectáculo único en España y con un descuento del 20% para nuestras familias asociadas.
Como comprar las entradas:
Cuando entras a la web https://freestyleworldtour.com le das a COMPRAR ENTRADAS y allí seleccionas la ciudad. Ya dentro del canal de venta abajo hay un recuadro que pone CÓDIGO PROMOCIONAL, ahí hay que introducir el código: FEDMA20 y automáticamente se hará el 20% de descuento sobre el precio total.
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Complemento de maternidad o paternidad de las pensiones
Las personas que han tenido uno o más hijos pueden solicitar un complemento específico en su pensión contributiva, ya sea por jubilación, incapacidad o viudedad. Este beneficio, conocido como «complemento para reducir la brecha de género», busca compensar el impacto que el cuidado de los hijos ha tenido en la trayectoria profesional de los progenitores.
Aunque se otorga mayoritariamente a las madres, debido a que suelen ser quienes enfrentan más sacrificios laborales por la crianza, los padres también pueden acceder a este complemento si logran demostrar que su carrera profesional se vio más afectada que la de la madre por el cuidado de los hijos.
Origen y características del complemento
El complemento para la reducción de la brecha de género se implementó en febrero de 2021, tras una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que declaró discriminatorio el anterior modelo, destinado exclusivamente a madres con dos o más hijos.
La cuantía de este complemento es fija por hijo (hasta un máximo de cuatro) y se actualiza anualmente según el Índice de Precios al Consumo (IPC). No se incluye en el cálculo del límite máximo de la pensión y se abona en 14 pagas al año: una por cada mes más dos extraordinarias en junio y noviembre.
En 2024, el importe mensual es de 33,20 € por hijo, lo que se traduce en:
- Un hijo: 33,20 €/mes (425,60 €/año).
- Dos hijos: 60,80 €/mes (851,20 €/año).
- Tres hijos: 91,20 €/mes (1.276,80 €/año).
- Cuatro hijos: 121,60 €/mes (1.702,40 €/año).
Además, en 2025, el complemento aumentará según el IPC más un 5% adicional, conforme a lo establecido en el Real Decreto-ley 2/2023.
Requisitos para acceder al complemento
Este complemento se concede únicamente a uno de los progenitores y está ligado a la percepción de una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.
Generalmente, está dirigido a las madres, pero los padres también pueden solicitarlo si han tenido que sacrificar parte de su carrera profesional tras el nacimiento de sus hijos y perciben una pensión más baja que la madre.
- Si ninguno de los progenitores experimentó interrupciones laborales o reducciones salariales por la crianza, el complemento se asigna directamente a la madre.
- En parejas formadas por dos mujeres, el complemento se otorga a quien tenga la pensión más baja.
Padres y situaciones específicas
Los padres pueden recibir el complemento si cumplen con alguno de estos criterios:
- Perciben una pensión de viudedad tras el fallecimiento del otro progenitor y existe al menos un hijo en común con derecho a pensión de orfandad.
- Su trayectoria laboral se vio perjudicada tras el nacimiento de un hijo y su pensión contributiva es inferior a la de la madre.
En parejas compuestas por dos hombres, si ambos cumplen los requisitos, el complemento se otorga al que reciba la pensión más baja.
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CIRCO ALEGRIA- precio especial para socios
Desde Circo Alegría nos dan a todas las familias asociadas, un precio especial en sus espectáculos de los Jueves desde el 14/11/2024 al 23/01/2025, menos el 5 de Diciembre que no hay espectáculo.
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Familias Numerosas pide que se refuercen las políticas de formación y reciclaje profesional para favorecer la inserción laboral de las madres
La Federación Española de Familias Numerosas (FEFN) ha pedido al Gobierno que refuerce las políticas orientadas a mejorar la inserción laboral de los padres y, sobre todo, madres de familia numerosa, y en concreto, que la próxima Ley de Familias incluya una línea de formación específica similar a la que se recoge para las monoparentales. El objetivo, reducir la brecha de género en el mercado laboral y la discriminación que sufren las mujeres por razón de hijos y que afecta especialmente a las madres de familia numerosa.
Y es que el número de hijos tiene un efecto claro en la tasa de empleo femenino desde el primer hijo, pero es a partir del tercer hijo donde se produce un gran descenso. Según datos del INE de 2023, la tasa de empleo en mujeres sin hijos menores de 12 años fue de 77,9%, de 74,3% en mujeres con 1 hijo y del 70,4% con 2 hijos. Cuando se trata de mujeres con 3 o más hijos, la tasa de empleo femenino cae hasta el 52,2%, según los mismos datos.
La FEFN ha abordado esta cuestión en un estudio realizado por la Universidad de Vigo y con apoyo del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, que analiza medidas para mejorar el acceso de los padres y, en especial, las madres de familia numerosa al mercado laboral.
El estudio pone el foco en éstas últimas, que son las que tienen mayores dificultades, ya que “suelen dedicar -por causas diversas- un mayor tiempo al cuidado de los hijos, lo que supone una merma de sus expectativas laborales. Tienen más dificultades para incorporarse, permanecer y retornar al mercado laboral tras cierto periodo de inactividad derivado de la maternidad”, señala el informe.
Hombres frente a mujeres
Según el estudio, “los hombres con hijos tienen una menor probabilidad de no tener trabajo que las mujeres que se encuentran en la misma situación” y, es más, las posibilidades de estar en paro cuando se trata de hombres son menores cuando se tienen hijos que cuando no se tienen. “La tasa de paro de las mujeres con al menos un niño de 0-14 años ronda algo más del 15% en España, si no son madres cerca del 14%, mientras que la tasa de paro de los hombres que son padres, con al menos un niño de 0-14 años, fue del 8% y para los hombres sin hijos, alrededor del 12%”, señala el estudio.
Esta realidad favorable a los padres frente a las madres ocurre en todos los países de la OCDE, según el estudio, y es muy diferente a la que afecta a las madres, que dedican más tiempo a los cuidados familiares, presentan menores tasas de actividad y ocupación y tienen menores posibilidades de promoción laboral. Por ello, la FEFN pide que se refuercen las políticas de apoyo en materia de empleo y que las madres de familia numerosa sean consideradas colectivo prioritario a la hora de diseñar planes de formación. La Federación demanda que se consideren así en la Ley de Familias, en el capítulo de la protección en materia de empleo, igual que se contemplan programas formativos de competencias básicas y de reciclaje profesional y programas personalizados de inserción sociolaboral para familias monoparentales.
Una propuesta combinada
La investigación de la Universidad de Vigo, dirigida por Alberto Vaquero, profesor titular de Economía Aplicada y miembro permanente del centro interuniversitario ECOBAS y del grupo de investigación GEN, analiza varias medidas para eliminar la brecha de género en el mercado laboral, destacando la necesidad de establecer políticas combinadas de incentivos y formación, ésta última orientada en parte a lograr al retorno al empleo. Ambas líneas de actuación son analizadas desde el punto de vista económico y también jurídico, para ver sus efectos, su viabilidad y encaje normativo.
Los autores del informe (Emma Rodríguez del área de Derecho del Trabajo y Alberto Vaquero del área de Economía Aplicada de la Universidad de Vigo) destacan la conveniencia de combinar incentivos a la contratación con la formación, bien mediante una bonificación íntegra de la cotización que realiza el empleador a la seguridad social para este capítulo, como con programas específicos de formación para desempleados, pero siempre conjugando ayudas y formación, ya que optar solo por lo primero tiene un menor efecto para el empleado y a más a corto plazo. “Los incentivos serían como dar un pez, lo que permitiría comer hoy, y nosotros, en este estudio, hacemos una propuesta que podría equipararse a lo que sería enseñar a pescar, para poder comer todos los días”, afirma en este sentido Alberto Vaquero, quien considera que “las ayudas no garantizan la continuidad del empleo una vez finalizada la misma y, como muestran varios estudios económicos, muchos contratos se realizarían sin tener que contar con una ayuda”. Frente a ello, “la formación, con el mismo o menor coste para las arcas públicas, supone dar al beneficiario herramientas y, por tanto, más posibilidades para su proyección laboral, ya que mejora el capital humano, que es el activo más valioso. Además, desde el punto de vista empresarial, una persona con mayor formación será más productiva, por lo que la formación beneficia también a las empresas, mejorando su competitividad. Una estrategia en la que todos ganan”, destaca Vaquero.
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Descuentos en espectáculos para nuestros socios (Diciembre) – Grupo Smedia
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