Hemos logrado que se mantenga la categoría especial incluso si te rebajaran a categoría general porque los hijos mayores, iban saliendo del Título antes de 2015:
«Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido:
PRIMERO.- Ha lugar al recurso de casación interpuesto por la representación procesal de don – contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 27 de mayo de 2021, que anulamos.
SEGUNDO.- Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de don – contra la resolución del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familia de la Generalitat de Catalunya de 24 de mayo de 2019, que anulamos, y declaramos el derecho del recurrente a tener el título de familia numerosa de categoría especial desde el 15 de marzo de 2019.
TERCERO.- No hacer imposición de las costas del recurso de casación. Imponemos las costas del recurso contencioso-administrativo a la Generalitat de Catalunya hasta un máximo de 300 € por todos los conceptos.
Notifíquese esta resolución a las partes insértese en la colección legislativa.»
Ha sido posible gracias a una familia de Barcelona que nos solicitó ayuda y presentamos recurso contencioso ante TSJ de Cataluña y luego ante el Tribunal Supremo.
Es la sentencia que hemos ganado.
Así que ahora, todas aquellas familias que han sufrido este percance de verse rebajados en la categoría, podrán reclamarla cada uno desde su Comunidad Autónoma.
Nosotros ya hemos contactado en la Comunidad de Madrid con la Dirección de Familia que es el organismo competente para gestionar y tramitar los Títulos.
¿ERES UNA DE ESAS FAMILIAS AFECTADAS?