Estimadas familias:
Devolución del IRPF en la prestación de maternidad
El pasado mes de julio se ha dictado una sentencia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Madrid, interpretando el art. 7.h) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, (IRPF).
En dicha sentencia, el Tribunal obliga a Hacienda a devolver el importe correspondiente de la declaración del IRPF efectuada en relación con la prestación de maternidad que había solicitado una trabajadora, al declarar que la prestación por maternidad y paternidad debe estar exenta de tributación del impuesto.
En contra del criterio interpretativo de Hacienda, que mantiene la obligación de tributación al considerar dichas prestaciones como rendimientos de trabajo no exentas, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid entiende que esta prestación, se encuentra dentro del ámbito de la exención general de la disposición normativa.
El fallo de la Sentencia abre la puerta a que los trabajadores que dedican parte de su tiempo al cuidado de menores tras su nacimiento o adopción durante las 16 semanas de duración del permiso de maternidad, puedan reclamar la devolución de lo que han abonado por el impuesto entre 2012 y 2016. Y lo mismo tendría que ocurrir con las prestaciones por paternidad.
Os enviamos la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) sobre la Prestación por maternidad exenta de IRPF, así como modelo escrito solicitud de la devolución del IRPF en la prestación de maternidad.
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, pulse aquí
Modelo escrito,pulse aquí
IMPORTANTE:
Conviene precisar que con carácter previo a acudir a la vía contencioso-administrativa; se puede/debe acudir al Tribunal Económico Administrativo Regional correspondiente (TEAR) y el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC).