El programa Mi Primera Vivienda (modificado por la Orden 1331/2023, de 26 de abril, y por la Orden de 25 de junio de 2024) consiste en apoyar a aquellas personas que no superen los 40 años y familias numerosas y monoparentales, así como a cualquier persona por nacimiento o adopción de un hijo, en estos casos sin límite de edad que, siendo solventes y teniendo recursos, no disponen del ahorro previo necesario para la adquisición de su primera vivienda.
Facilitamos el acceso a una hipoteca en la que la financiación pueda ser superior al 80 % del valor del inmueble, pudiendo llegar hasta el 100% (siendo este el menor del valor de tasación o del precio de compraventa de la vivienda).
¿Qué requisitos tienes que cumplir?
Para poder acceder al programa Mi Primera Vivienda, las personas adquirentes de la vivienda deberán cumplir con alguno de los siguientes requisitos:
a) Ser mayor de edad y no superar los 40 años de edad, esto es, que no hayan cumplido cuarenta y un años a fecha de presentación de la solicitud de financiación ante la entidad financiera.
b) Ser familia numerosa o monoparental, sin límite de edad, de los solicitantes.
c) Cualquier persona por nacimiento o adopción de un hijo en el año natural de la convocatoria y durante la vigencia del convenio correspondiente, sin límite de edad de los solicitantes.
En todo caso, deberá tratarse de la primera adquisición de vivienda a la que se accede en régimen de propiedad. Asimismo, deberá acreditarse la residencia legal en la Comunidad de Madrid, continuada e ininterrumpida, durante los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación ante la entidad financiera de la solicitud de financiación.