Debido a vuestras dudas al respecto provocadas por la petición de este documento para la solicitud de plazas escolares y de becas en las escuelas infantiles; hemos preguntado al 012 al respecto. Os dejamos a continuación su respuesta literal:
«No procede la duplicidad de los libros de familia, en aplicación de la Ley de Registro Civil 20/2011, así como de la Instrucción de la Dirección General de Seguridad Jurídica de fecha 16 de septiembre de 2021, por lo que la Oficina General del Registro Civil de Madrid no expide libros de familia desde la entrada en vigor el 27 de septiembre de 2021 de la nueva ley del Registro Civil, así como la utilización de la aplicación DICIREG. El Libro de Familia es sustituido por las certificaciones contenidas en el mismo (matrimonio, nacimiento y defunción) La D.T. 3ª de la Ley del Registro Civil, establece que a partir de la fecha de entrada en vigor la de presente ley, no se expedirán Libros de Familia. En la Circular de 4 de mayo de 2021 de la Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública sobre la implantación progresiva de la Ley 20/2011 de 21 de julio del Registro Civil, en el apartado 10.3 dispone que en las Oficinas con DICIREG, no se emitirán Libros de familia. En su lugar se han de emitir certificaciones de nacimiento, y matrimonio o de familia cuando esté operativa. Sólo en las oficinas sin DICIREG, se seguirán emitiendo los libros de familia y actualizando los mismos, por hechos de estado civil, objeto de anotación en el libro de familia. Si se actualizan los libros de familia expedidos con anterioridad a esa fecha, pero de hechos ocurridos antes del 27 de septiembre de 2021, para la actualización de ellos tendrá que venir al Registro con la documentación necesaria y ya aquí se les indicará cuando podrán pasar a recoger la actualización o el duplicado. Actualmente se está procediendo a implantar DICIREG en todos los Registros Civiles, ya está implantado en Pozuelo de Alarcón, Majadahonda, Alcorcón y Leganés.»