Esta noticia dice que se tienen en cuenta los períodos cotizados, cualquiera que sea la duración de la jornada realizada en cada uno de ellos. Es decir que si se necesitan mínimo 15 años cotizados, los que trabajan media jornada necesitan 30 años. Eso es lo que se ha corregido con el Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de urgentes para la ampliación de medidas de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones. |
‼️SIN EMBARGO‼️ Hay que tener en cuenta también la BASE DE COTIZACIÓN que será la mitad. Aunque la media jornada se considera como jornada completa, el sueldo será menor y por ello la pensión será de menor cuantía. |