Los trabajadores con hijos contarán a partir de ahora con algunas facilidades para compaginar el desempeño de su actividad laboral con el cuidado familiar. El Gobierno los ha incluido en un Real Decreto, junto a otras cuestiones diversas, que ya está ya publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), por lo que entrarán en vigor de forma inmediata, al día siguiente de su publicación, es decir, el 30 de junio de 2023.
El primero de los permisos supone 5 días al año por cuidado de un familiar por enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica que no requiera hospitalización pero sí cuidados. Podrá solicitarse por un familiar hasta segundo grado, como abuelos, hermanos o nietos, o cualquier persona con la que se conviva. El segundo permiso retribuido es un permiso de 4 días al año por causa de fuerza mayor, por ausencia del trabajador para atender a un familiar que requiera atención inmediata, que se podrá disfrutar por horas.
Por último, se ha aprobado un permiso parental no remunerado de 8 semanas para trabajadores con hijos hasta los 8 años, que podrán disfrutar dichos trabajadores por razones de cuidado de los hijos. Este permiso podrá disfrutarse a tiempo completo o a tiempo parcial, de forma continua o discontinua, hasta que el menor cumpla 8 años.