Para la concesión de las ayudas económicas gestionadas en la modalidad de Tarjeta Familia los criterios son los siguientes:
- Acreditar situación de necesidad.
- Que la necesidad objeto de la ayuda este valorada por el/la trabajador/a social de un Centro de Servicios Sociales e integrada en un proceso de intervención social.
- La utilización de la tarjeta estará limitada al saldo disponible en el momento de su utilización y restringida a la adquisición de bienes de primera necesidad de alimentación, aseo e higiene en establecimientos de alimentación de la Comunidad de Madrid.
Los ingresos de la unidad familiar deberán ser inferiores a la cuantía de la Renta Mínima de Inserción (R.M.I.) de la Comunidad de Madrid incrementada en un 40%, siendo el límite para 2022 el siguiente:
La cuantía de la ayuda a percibir estará determinada por la renta mensual per cápita familiar (RMPC). Los ingresos se dividirán por el número de miembros de la unidad familiar, computando cada uno de ellos como “1”, con la excepción de aquellos que sean menores de edad, en cuyo caso, cada uno computará como “1,5”
Requisitos de las personas beneficiarias:
- Ser mayor de edad o menor emancipado.
- Estar empadronado en el distrito al cual se dirige la solicitud.
- Acreditar la situación de necesidad.
- Aportar la documentación exigida.
- Aceptación expresa, por parte de la persona solicitante, de los términos que figuren en el diseño de intervención social, en el que, además, quedarán recogidas las condiciones de utilización de la tarjeta prepago.
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